| 16 Enero 2009
AFISE Abogados - Noticias Jurídicas.- Así lo determinaron los ministros al resolver una contradicción de tesis entre diversos tribunales de Circuito.La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó que la acción para cobrar un pagaré prescribe a los tres años, a partir de la fecha de su vencimiento.
Así lo determinó la Primera Sala al resolver una contradicción de tesis entre tres tribunales colegiados de Circuito, que estaban en desacuerdo respecto a partir de cuándo debe computarse el plazo de tres años para que opere la prescripción de la acción cambiaria a que se refiere el artículo 165, fracción I, de la Ley General de Títulos y Operaciones de Créditos.
Los ministros argumentaron que de la interpretación sistemática de los artículos de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, aplicables a los pagarés, se concluye que el término para realizar el cómputo en que opera la prescripción de la acción cambiaria, ejercida con un pagaré como documento que funda la acción, inicia el día siguiente del vencimiento de dicho documento mercantil.
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación.
escrito por editn , septiembre 09, 2009
escrito por gabriela , septiembre 22, 2009
escrito por Nicolas Perez , septiembre 22, 2009
escrito por Juan Carlos , septiembre 24, 2009
Saludos
escrito por armando m. o. , diciembre 16, 2009
escrito por Alex , diciembre 26, 2009
escrito por MATIAS RUIZ ZARAGOZA , enero 01, 2010
escrito por CLAUDIA JOANNA , enero 06, 2010
QUISIERA SABER CUANTO EN CUANTO TIEMPO PRESCRIBE UNA DEUDA CON UNA TC, CON UNA ENTIDAD FINANCIERA EN COLOMBIA Y SI HAY ALGUNA LEY QUE RESPALDE ESTO.
GRACIAS
escrito por Francisco Hernandez , enero 11, 2010
espero me puedan ayudar a aclarar mis dudas
gracias
escrito por carlos galindo , abril 04, 2010
DEBO SEÑALAR QUE FIRME UN PAGARE Y ENTREGUE COPIAS SIMPLE DE LA PREFACTURA DE MI AMTOMOVIL.
escrito por Jose Pedraza , abril 05, 2010
Tengo dos deudas de tarjetas de credito con dos bancos diferentes desde hace mas de ocho anos, quisiera saber como hago para que los bancos no me sigan cobrando esas deudas o si ya prescibieron y me puedan borrar de datacredito, ademas unas de las deudas fue asumida por otra entidad ya que el banco desaparecio, gracias
escrito por rosario , abril 06, 2010
escrito por sonia , abril 12, 2010
este credito lo adquiri hace 18 años, y por alguna razon la empresa en la que trabaje en ese entonces dejo un saldito y segun este despacho va a venir a romper chapas y cerraduras para embargarme por un credito que adquiri hace 18 años y por mil seis pesos
Me gustaría denbunciar al despacho o en su defecto me ayudaran a que enterminos legales , les pueda contestar el escrito
escrito por jhair , mayo 25, 2010
escrito por LILIA , mayo 25, 2010
escrito por norma , mayo 27, 2010
a)si se omite el lugar de celebracion de los titulos de credito, los mismos no son tenidos por validos
b)las acciones de cobro de los titulos de creditos prescriben a los diez años
AYUUUUDAAAAA
escrito por luna , mayo 29, 2010
escrito por edwin jose ballesteros arguelles , junio 06, 2010
escrito por miguel , junio 10, 2010
escrito por oscar , julio 16, 2010
escrito por andres m , julio 17, 2010
escrito por FERNANDA SANDOVAL , julio 19, 2010
escrito por EDWIN JOSE BALLESTEROS ARGUELLES , julio 25, 2010
escrito por xiomara , agosto 25, 2010
ayuda..
escrito por VICTOR PEREZ PERDOMO , agosto 31, 2010
Hace mas o menos un año me dijeron que debia pagar pero no tengo empleo, pues creo que esta deuda ya prescribio por el tiempo. unos abogados CREAR PAIS me estan disque cobrando. que les contesto?




eso fue lo que recibi de una conferencia que hizo datacredito